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Declara SCJN inconstitucional la penalización del aborto

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Declara SCJN inconstitucional la penalización del aborto



7 de septiembre de 2021

En una decisión histórica, Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró el día de hoy la inconstitucionalidad de la penalización del aborto en la primera etapa de embarazo.

Por unanimidad, las y los 10 ministros que componen la Suprema Corte, invalidaron el artículo 196 del código penal del estado de Coahuila, sentando un precedente histórico para el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo. Dicho artículo establecía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.

“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, aseguró el ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto a la Sala Superior.

“Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”, explicó la ministra Margarita Ríos-Farjat.

“El Estado no sólo debe de abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o personas gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe de garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible” aseguró por su parte Norma Piña, añadiendo que el Estado no debe de penalizar el aborto de forma absoluta, pues eso restringe el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo.

“Desde hace una década he sostenido en esta Suprema Corte que hay un derecho fundamental a la interrupción del embarazo. Criminalizar a la mujer sobre todo a la más pobre y vulnerable es profundamente injusto y abiertamente inconstitucional”, expuso el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

“La garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”, fue la declaratoria final de la SCJN.

Cabe señalar que, a pesar de que la criminalización del aborto es compentencia local, aunque en otros estados se criminalice el aborto, no deberá juzgarse a las mujeres, y solo está despenalizado en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Staff Redacción

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