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Legislatura aprueba Ley de Paridad de Género en Edomex

Debe garantizarse también la igualdad salarial entre hombres y mujeres


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Legislatura aprueba Ley de Paridad de Género en Edomex


3 de junio de 2019

La LX Legislatura Local aprobó la minuta de reformas constitucionales en materia de Paridad de Género enviada por el Congreso Federal, mediante la cual se garantiza la igualdad de espacios para hombres y mujeres en cargos públicos y de elección popular, dependencias de los tres niveles de gobierno, entes públicos y en materia de percepciones salariales, pues se estima que las mujeres perciben 16% menos, en promedio, que los hombres.

La minuta enviada por el Congreso Federal, se aprobó durante el tercer periodo extraordinario de sesiones. La reforma obligará a autoridades mexiquenses de todos los niveles y a todas las Legislatura Local, a realizar las adecuaciones normativas correspondientes a nivel estatal, que serán aplicables para el próximo proceso electoral federal o local.

En nombre del Grupo Parlamentario de Morena, la diputada Guadalupe Mariana Uribe Bernal recordó que hoy el Estado de México ocupa el cuarto lugar a nivel nacional con la mayor cantidad de alcaldesas con 39 de los 125 municipios, solo por debajo de Veracruz con 54 de 212, Oaxaca con 54 de 153 y Puebla con 46 de 217.

Refirió que en el proceso electoral 2018 hubo avances en la vida democrática del país para la inclusión de las mujeres, pero más que abrir espacios se requiere que el gobierno mexicano garantice el desarrollo pleno de las mujeres en todos los ámbitos.

“No basta con ceder espacios de representación popular, en un verdadero Estado Constitucional de Derecho, democrático y participativo, es necesario generar condiciones de paridad para que las mujeres puedan acceder a los diversos cargos públicos y privados en donde se toman decisiones”, puntualizó Uribe.

La legisladora refirió que en el pasado proceso electoral, la senadora con licencia y hoy delegada del Gobierno Federal en la entidad, Delfina Gómez Álvarez, fue víctima de violencia política, como candidata de Morena a la Gubernatura y abrió un nuevo camino para la igualdad política.

Las reformas aprobadas al artículo 41 de la Constitución, establecen la obligatoriedad del principio de paridad en la composición de los cuerpos administrativos de los Poderes de la Unión, los tres órdenes de gobierno, los organismos constitucionales autónomos, los poderes ejecutivos y sus gabinetes, las legislaturas, poderes judiciales, ayuntamientos, alcaldías y todo ente público colegiado.

Los partidos políticos deberán garantizar las mejores condiciones de competitividad en la postulación de las candidaturas en distritos locales y federales, así como en Ayuntamientos y Alcaldías.

Adicionalmente el artículo 123 de la Constitución Política prohíbe hacer diferencia salarial en razón de género o nacionalidad.

El principio de paridad será aplicable a quienes tomen posesión de su encargo, a partir del proceso electoral federal o local, y para aquellas autoridades que tengan renovación de sus estructuras, deberán sujetarse a las nuevas designaciones y nombramientos que correspondan.

Staff Redacción

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