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La entrega de la información pública no justifica violentar datos personales: Infoem

Javier Martínez Cruz, Comisionado del Infoem, indicó que los derechos de acceso a la información pública y protección de los datos personales no se contraponen, sino que exigen un ejercicio de ponderación

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La entrega de la información pública no justifica violentar datos personales: Infoem



14 de diciembre de 2017

Entregar información pública a costa de violentar los datos personales no se justifica. Por ello, las autoridades deben conocer a fondo las leyes de la materia y privilegiar la integridad y seguridad de cualquier persona, en toda circunstancia, aseguró Javier Martínez Cruz, al impartir la Conferencia “Protección de los datos personales como límite del derecho de acceso a la información”, en el estado de Veracruz.

El Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) señaló que garantizar los derechos de la población implica ponderar cada caso, puesto que no se trata de anteponer un derecho sobre otro, sino de encontrar el equilibrio para beneficiar a las personas y no afectarlas.

En este sentido, el Comisionado del Infoem y también Coordinador de la Comisión de Protección de Datos Personales del Sistema Nacional de Transparencia expuso a los asistentes diversos casos en los cuales se ha tenido que realizar esa ponderación de derechos.

“Tenemos conocimiento de varias solicitudes de información pública que conllevan la entrega de soportes documentales relativos a si las autoridades poseen un teléfono institucional y cuánto se ha pagado por él, pero no se brinda el número telefónico, porque es un dato personal que no abona a la transparencia y cuya difusión sí puede afectar la seguridad de la persona usuaria del móvil”, explicó el Comisionado Javier Martínez Cruz.

Asimismo, subrayó que las autoridades están obligadas a revisar los documentos que entregan vía acceso a la información pública, con la finalidad de asegurarse de que no contengan datos referentes al origen étnico o racial; las creencias filosóficas, políticas o religiosas; las preferencias sexuales; la vida afectiva y familiar, o el estado de salud de cualquier persona, ya que se revisten de carácter privado y su revelación podría originar discriminación o daños a su imagen o integridad.

“Siempre debemos recordar que la información pública no es de las instituciones, sino de los ciudadanos. De la misma forma, los datos personales no pertenecen a las autoridades, sino que son propiedad del titular de esa información y, por lo tanto, deben protegerse adecuadamente”, enfatizó Martínez Cruz.

Finalmente, acotó que, cada vez que se recaba información personal, el titular de los datos tiene derecho a saber la finalidad del tratamiento y la instancia que lo realizará, cuánto durará y si éstos se compartirán con otras instituciones, además de conocer las medidas de seguridad con las cuales se protegerá su información.

Staff Redacción

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