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Declara SCJN declara inconstitucional reconocer ‘la vida humana desde la concepción’

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Declara SCJN declara inconstitucional reconocer ‘la vida humana desde la concepción’



9 de septiembre de 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el día de hoy la inconstitucionalidad de que exista una protección “a la vida desde la concepción” en el estado de Sinaloa.

Siguiendo la dinámica de esta semana, donde también declararon incostitucional la prohibición del aborto en Chihuahua, la resolución de la Corte está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa hecha en 2018, luego de que dicha legislatura aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.

El proyecto fue presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que determinó que esta acción de inconstitucionalidad es procedente.

La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, es decir, en aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección, si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y pueden ampararse.

“Todo nuestro sistema legal, con sus obligaciones y derechos, está atado al concepto de ‘persona’ y este concepto siempre presupone de un ser humano nacido. Esto demuestra que aseverar que el embrión o feto son personas, implica adoptar una aproximación extremadamente inarticulada con el resto del mundo jurídico”, aseguró el ministro.

“La norma impugnada es abiertamente inconstitucional, pues con el pretexto de definir el comienzo de la protección de la vida humana implícitamente lo que están logrando es imponer límites a los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir sobre su propio cuerpo”, aseguró por su parte el Ministro Luis María Aguilar.

Este proyecto pasó a ser votado por la Sala Superior que dirige Arturo Zaldívar, misma que determinó por unanimidad que el proyecto presentado por Ortiz Mena procede, con lo cual se aprobó que en las constituciones locales no se puede equiparar el concepto de persona con el del “vida desde la concepción”, en materia de derechos humanos.

Staff Redacción

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