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Exoneran a Kamel Nacif, acusado de tortura contra Lydia Cacho

Magistradas conceden amparo, Cacho sugiere soborno

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Exoneran a Kamel Nacif, acusado de tortura contra Lydia Cacho



27 de julio de 2021

El Tercer Tribunal Colegiado en el estado de Quintana Roo otorgó un amparo contra la orden de captura del empresario José Kamel Nacif Borge, acusado de torturar a la periodista Lydia Cacho. Esta acción puede exonerarlo de los cargos que se le imputan.

La organización Artículo 19 y la también defensora de derechos humanos, Lydia Cacho, informaron sobre esta decisión, agregando que después de las elecciones del pasado 6 de junio, cambiaron a la magistrada que llevaba el caso.

“¿De quién fue esta decisión y por qué? Con esta sentencia retrocedimos 16 años en el tiempo”, Aseguró Cacho desde España, donde se encuentra refugiada.

La explicación de las autoridades de Quintana Roo fue que, cuando la periodista fue detenida y torturada en diciembre de 2005, no tuvo relación con su libro Los Demonios del Edén: el poder de la pornografía infantil en México, donde precisamente se denuncia a Nacif.

“El 15 de julio se abrió una ventana a la impunidad y un obstáculo al acceso a la justicia de Lydia Cacho. Magistradas en Quintana Roo otorgaron el amparo a Kamel Nacif, tras decidir que las torturas en su contra no tenían vínculo con la publicación de Los demonios del Edén”, señalaron representantes de la organización Artículo 19, en acompañamiento de Cacho.

En abril de este año el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo había negado el amparo a Kamel Nacif. No obstante, el empresario promovió un recurso de revisión que fue turnado al Tercer Tribunal Colegiado.

Con dos votos a favor, de Selina Ahidé Avante Juárez, magistrada ponente del asunto, y Graciela Bonilla González, secretaria de tribunal en funciones de magistrada, ambas mujeres, y el voto en contra del magistrado Jorge Mercado Mejía se resolvió conceder el amparo.

Se valoraron también las conversaciones entre el exgobernador de Puebla, Mario Marín “el gober precioso”, y Kamel Nacif, publicadas en 2006.

En estas, Marín afirma que “acababa de dar un pinche coscorrón a esta vieja cabrona (sic)”, lo cual el Tribunal señaló como una afirmación ‘vaga y genérica’ que es empleada en México para identificar a una mujer.

Y ante la falta de precisión de algún nombre, “no puede concluirse que entre todas las mujeres del mundo, los que intervinieron en la llamada se referían en específico a la sujeto pasivo (Lydia)”, concluyeron las magistradas.

El Tribunal, consideró que no había prueba fehaciente sobre la existencia de una orden para torturar a la periodista por publicar el libro, y que los cargos corresponden más a los policías que la detuvieron.

“Liberándolo de toda responsabilidad por el delito de tortura en contra de la periodista y defensora de derechos humanos Lydia Cacho. Con esta determinación se abre camino para la absolución del resto de los acusados”, acusó Artículo 19.

"Según las magistradas, no hubo una instrucción directa de que fuera torturada (...) Al Tribunal le faltó una hoja membretada en la que un comandante o funcionario dé la instrucción 'torturen a Lydia Cacho porque publicó su libro'", señaló Luis Knapp, coordinador de defensa de Artículo 19.

Por su parte, Lydia Cacho aseguró que posee información sobre que las magistradas recibieron dinero para que fallaran a favor de Kamel Nacif.

Staff Redacción

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