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Valida Corte reducción de regidores en Ayuntamientos de Edomex

La medida entrará en vigor en la configuración de los próximos 125 ayuntamientos, tras los comicios del 6 de junio

 

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Valida Corte reducción de regidores en Ayuntamientos de Edomex



18 de febrero de 2021

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, validó el decreto de la 60 Legislatura Local, por medio del cual se reformaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y del Código Electoral, ambos del Estado de México, que por efecto directo reduce el número de integrantes de ayuntamientos en los 125 municipios.

De este modo los Ministros de la Suprema Corte, resolvieron ratificar el decreto publicado el 29 de septiembre de 2020, luego de que fuera promovida una controversia constitucional por parte del PAN, Movimiento Ciudadano, PRD y PVEM.

De acuerdo con el Congreso Local, la reforma no solo permitirá reducir los regidores y síndicos, sino sobre todo generar un ahorro de alrededor de mil 500 millones de pesos.

En la sesión de la SCJN, el Pleno determinó que durante el proceso legislativo que dio lugar al mencionado decreto no se cometieron violaciones de carácter invalidante. Además, consideró que las reformas y derogaciones a los preceptos impugnados no fueron publicadas dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral, por lo que no se violó el periodo de veda legislativa.

Por otra parte, la SCJN consideró que la reducción en el número de síndicos y regidores de los ayuntamientos no violó el principio de representación proporcional, pues —como ha sostenido la Corte en precedentes— la Constitución General otorga libertad al legislador local para definir el número y porcentajes de regidores que ocuparán el cargo, siempre y cuando sean razonables.

Finalmente, el Pleno determinó que dicha reducción tampoco violó los principios de reelección, progresividad y supremacía constitucional, ni se incurrió en una omisión legislativa, al no haberse ajustado las fórmulas de asignación de regidurías.

Las acciones de inconstitucionalidad resultas son: 278/2020 y sus acumuladas 279/2020, 280/2020, 281/2020, 282/2020 y 284/2020, promovidas por los partidos políticos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, del Trabajo y Encuentro Solidario, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y del Código Electoral, ambos del Estado de México, publicados en la Gaceta Oficial de esa entidad de 29 de septiembre de 2020, mediante Decreto 190.

Es de notar que el PT, aliado de Morena en la 60 Legislatura Local, impugnaron la resolución ante la Suprema Corte.

Poco después del medio día y al darse a conocer la resolución, el presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), Maurilio Hernández, ofreció una conferencia de prensa para aplaudir la resolución de la Corte, mientras que el diputado Faustino de la Cruz Pérez aseguró que la Suprema Corte da revés a la “alianza perversa” de quienes pretendían dar marcha atrás a la iniciativa.

Recordó que la iniciativa fue impulsada por el senador de Morena, Higinio Martínez Miranda.

“La intención es que con estos ahorros, los recursos públicos se destinen a las necesidades de la gente y que no siga sucediendo que estas franquicias partidarias recaigan en familiares, amigos y amigas, y se conviertan en cuota de poder económico para el saqueo de recursos públicos”, apuntó el morenista.

Los morenistas aseguraron que la resolución de la corte es un duro revés a la intención del edil panista de Huixquilucan, Enrique Vargas de mantener privilegios en salarios y prestaciones, donde un síndico tiene un sueldo de 123 mil pesos y los regidores 104 mil pesos mensuales.

Tere Montaño

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